Salarios pendientes
Días ya trabajados que aún no hayan sido pagados por el empleador.
Estima los principales conceptos que podrían integrar una liquidación laboral al finalizar una relación de trabajo: salarios pendientes, vacaciones, aguinaldo y la compensación correspondiente según el tipo de terminación.
Completa los datos para calcular una estimación de tu liquidación.
Ingresa solamente días ya trabajados que todavía no hayan sido pagados.
Comisiones, horas extra, préstamos, anticipos, vacaciones anteriores, acuerdos privados u otros conceptos pueden modificar el monto final.
El monto depende del motivo por el cual finaliza la relación laboral y de las prestaciones que todavía estén pendientes.
Días ya trabajados que aún no hayan sido pagados por el empleador.
Dependiendo de la forma de terminación pueden corresponder vacaciones completas o proporcionales, incluyendo el recargo.
En los supuestos previstos por la ley puede corresponder la parte proporcional de la prima de aguinaldo acumulada.
Para el ejercicio fiscal 2026 se aprobaron disposiciones especiales sobre el tratamiento de ISR del aguinaldo. Esta calculadora muestra el componente bruto proporcional y no descuenta automáticamente retenciones tributarias.
El despido sin causa justificada y la renuncia voluntaria regulada por ley utilizan fórmulas y límites distintos.
| Terminación | Compensación usada | Regla principal |
|---|---|---|
| Despido injustificado | Indemnización | 30 días por año, proporcional por fracción, sujeto al límite legal. |
| Renuncia voluntaria | Prestación económica | 15 días por año desde los 2 años de servicio, si se cumplen los requisitos legales. |
| Mutuo acuerdo | Según acuerdo | La calculadora no presume una indemnización adicional. |
El Ministerio de Trabajo ofrece un servicio de cálculo de indemnización laboral para despido, mutuo acuerdo y renuncia voluntaria.
Para un cálculo formal pueden solicitar información como fecha de ingreso, último día trabajado, salario mensual, comisiones y situación de las vacaciones.
No. La indemnización puede ser solamente uno de los conceptos que integren la liquidación. También pueden existir salarios, aguinaldo, vacaciones u otros pagos pendientes.
No se trata de la misma indemnización del despido. La Ley Reguladora de la Prestación Económica por Renuncia Voluntaria establece una prestación específica para trabajadores que cumplen sus requisitos.
No. La calculadora muestra una estimación bruta de los conceptos incluidos. El tratamiento tributario puede variar según la naturaleza de cada pago y las disposiciones fiscales aplicables al momento de la liquidación.
Sí. Estimamos el período proporcional desde el último aniversario laboral. También puedes indicar si existe un período completo anterior que todavía está pendiente.
No necesariamente. Es una estimación basada en los datos que ingresas y en reglas generales. Casos con comisiones, acuerdos, deudas u otras prestaciones requieren revisión adicional.
Última revisión normativa: 28 de septiembre de 2026.